No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de juicio, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Enjuiciador. To provide the best experiences, https://garrettffvoo.oblogation.com/29255946/datos-sobre-abogados-italia-revelados