2. Los Estados miembros adoptarán las medidas administrativas y judiciales adecuadas para impedir o poner fin a la utilización ilegal de los nombres de los productos o servicios producidos o comercializados en su departamento que estén amparados por indicaciones geográficas registradas al amparo del presente Reglamento. Otros permisos que requieres https://followbookmarks.com/story15581385/una-llave-simple-para-solicitud-para-venta-de-bebidas-alcoholicas-unveiled